TEECH/J-LAB/001/2018
21/02/2023
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21/02/2023 |
Primero. Se deja insubsistente y sin ningún valor jurídico el laudo de dos de febrero de dos mil veintidós, pronunciado en el expediente TEECH/J-LAB/001/2018, en cumplimiento a la resolución dictada el uno de febrero de dos mil veintitres, por el Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Vigésimo Circuito, derivado del Juicio de Amparo Directo 572/2022, en relación con el Juicio de Amparo Directo 571/2022.
Segundo. Es procedente el Juicio Laboral TEECH/J-LAB/001/2018, promovido por DATO PROTEGIDO, por las razones precisadas en el considerando VI (sexto), de la presente resolución.
Tercero.Se declara improcedente el Incidente de Aclaración y Acumulación a la demanda promovido por DATO PROTEGIDO, por las razones precisadas en el considerando IV (cuarto), de la presente resolución.
Cuarto. Se condena al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, a cubrir a favor de DATO PROTEGIDO, el pago de las prestaciones señaladas en el inciso VII, (Séptimo) de la presente resolución.
Quinto. Se absuelve al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, al pago de las prestaciones referidas en el considerando VI (sexto) de la presente resolución.
Sexto. Se le otorga al Instituto demandado un plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que le sea notificada la presente sentencia, para que dé cumplimiento a la misma en sus términos, plazo que empezará a correr según lo dispuesto en el penúltimo párrafo del considerando VII (séptimo), de la presente resolución; debiendo informar de ello a este Tribunal, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes; con el apercibimiento decretado en el considerando en cita.
Séptimo. Remítase copia certificada de la presente determinación al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Vigésimo Circuito, a efecto de hacer del conocimiento sobre el cumplimiento dado a la sentencia constitucional pronunciada en el Juicio de Amparo Directo 572/2023.
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TEECH/JDC/048/2022 Y ACUMULADO/
17/02/2023
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17/02/2023 |
ÚNICO. Se declara cumplida la sentencia de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, emitida por este Órgano Jurisdiccional, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/048/2022 y su acumulado TEECH/JDC/049/2022; en términos de la Consideración Tercera del presente Acuerdo.
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TEECH JDC 070 2022
16/02/2023
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16/02/2023 |
Único. Se revoca la resolución de veinticuatro de octubre de dos mil veintidós, emitida por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado, en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/Q/GMJ-VPRG/024/2022, en términos de los razonamientos establecidos en la Consideración Séptima de la presente resolución.
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TEECH/JDC/069/2022
16/02/2023
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16/02/2023 |
PRIMERO. Se reencauza el juicio de la ciudadanía TEECH/JDC/069/2022, a Recurso de Apelación, por las consideraciones vertidas en la consideración Primera de esta sentencia.
SEGUNDO. Se confirma el acuerdo de medidas cautelares emitidas en el expediente IEPC/PO/CAMCAUTELAR/EGG/005/2022; conforme a lo establecido en la Consideración Octava de la presente sentencia.
TERCERO: Se instruye a la Secretaria General, remita copia certificada de la presente resolución a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción plurinominal Electoral, con sede en Xalapa de Enríquez Veracruz, dictada en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano SX-JDC-6969/2022.
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TEECH/JDC/057/2022
16/02/2023
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16/02/2023 |
UNICO. Se revoca la resolución emitida el treinta y uno de mayo de mil veintidós, por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/VPRG/MLS/003/2022, en términos de la consideración SÉPTIMA de la presente resolución; y para los efectos precisados en la consideración OCTAVA del presente fallo.
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TEECH JDC 046/2022
16/02/2023
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16/02/2023 |
Primero. No se acredita la Violencia Política en agravio de Elmer de Jesús Vázquez Gallardo, en su carácter de Segundo Regidor del Ayuntamiento Municipal de Suchiate, Chiapas; en los términos de la Consideración Séptima de la presente resolución.
Segundo. Se acredita la violación al derecho político electoral de ser votado del actor en la vertiente de obstrucción al ejercicio y desempeño del cargo de Segundo Regidor en el Ayuntamiento de Suchiate, Chiapas, por las consideraciones vertidas en la consideración Séptima de la presente resolución.
Tercero. Se ordena a la Presidenta Municipal, a dar cumplimiento con los efectos señalados en la Consideración Octava de la presente resolución, en los términos y bajo el apercibimiento decretado en la misma.
Cuarto. Se instruye a la Secretaría General para que remita copia certificada de la presente resolución a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Tercera Circunscripción Plurinominal y surta los efectos legales correspondientes en el expediente SX-JE-229/2022.
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TEECH/JDC/071/2022 Datos Protegidos
16/02/2023
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16/02/2023 |
R e s u e l v e:
UNICO. Se confirma la resolución de siete de noviembre de dos mil veintidós, emitida por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, dentro del Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/Q/MFDN-VPRG/027/2022, por los argumentos y para los efectos establecidos en la Consideración NOVENA, de la presente resolución.
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TEECH/JDC/072/2022
16/02/2023
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16/02/2023 |
Primero. Se confirma la resolución impugnada, por los razonamientos expuestos en la consideración Séptima de este fallo.
Segundo. Remítase copia certificada de la presente determinación a la Tercera Circunscripción Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a efecto de hacer del conocimiento sobre el cumplimiento dado a la sentencia pronunciada en el Juicio Ciudadano SX-JDC-9-2023.
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Acuerdo de Pleno TEECH/JDC/065/2022 y su acumulado TEECH/JDC/067/2022
16/02/2023
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16/02/2023 |
Primero. Se declara cumplida parcialmente la resolución de treinta de noviembre de dos mil veintidós, emitida por el Pleno de este Tribunal en los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/065/2022 y su acumulado TEECH/JDC/067/2022, en términos de los razonamientos establecidos en la Consideración Tercera del presente Acuerdo Plenario.
Segundo. Se ordena al Presidente Municipal y autoridades vinculadas del Ayuntamiento de Tecpatán, Chiapas, a dar cumplimiento a lo ordenado en la consideración Cuarta del presente Acuerdo Colegiado, debiendo observar los términos y plazos señalados, quedando subsistente el apercibimiento decretado en la sentencia primigenia.
Tercero. Se instruye a la Secretaria General para que gire atento oficio a la Secretaría de Hacienda del Estado, a efecto de que realice las acciones legales conducentes para hacer efectiva la multa impuesta en el presente Acuerdo Plenario, atento a la consideración Quinta del mismo.
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ACUERDO DE PLENO TEECH/JDC/050/2022
16/02/2023
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16/02/2023 |
Único. Se declara cumplida la resolución de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, emitida en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/050/2022, por los razonamientos citados en la consideración Tercera de este acuerdo colegiado.
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