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Expediente Fecha Resúmen Sentencia
TEECH/RAP/014/2023 y acumulados

21/11/2023

21/11/2023

R E S U E L V E Primero. Se acumulan los expedientes, en los términos precisados en la Consideración SEGUNDA de esta determinación. Segundo. Se revoca la resolución impugnada por los razonamientos expresados en la Consideración NOVENA de la presente sentencia.

TEECH/RAP/017/2023

21/11/2023

21/11/2023

Primero. Se declara que la sentencia de veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, dictada en el Recurso de Apelación TEECH/RAP/017/2023, antes Juicio Laboral TEECH/J-LAB/001/2023, se encuentra parcialmente cumplida; por los razonamientos señalados en la consideración III (tercera) de este acuerdo plenario. Segundo. Se ordena a la Secretaría Administrativa del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, para dentro del término de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente a la notificación de este acuerdo colegiado, deje insubsistente la resolución de veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés, y emita otra con la cual de cabal cumplimiento con lo ordenado en la consideración séptima de la multicitada citada sentencia de veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, y a lo razonado en el presente acuerdo colegiado; bajo el apercibimiento decretado en la consideración IV (cuarta) de esta resolución.

TEECH/RAP/018/2023

27/10/2023

27/10/2023

Único. Se revoca la resolución de veintinueve de junio de dos mil veintitrés, emitida por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, en el Procedimiento Ordinario Sancionador IEPC/PO/Q/RSS/004/2023; por los razonamientos expuestos en la consideración octava de la presente sentencia.

TEECH/RAP/021/2023

27/10/2023

27/10/2023

Primero. Se sobresee el medio de impugnación hecho valer por el accionante, en términos de la consideración Quinta de la presente sentencia.

TEECH/ RAP/ 028/ 2023

27/10/2023

27/10/2023

Primero. Es procedente la acumulación del expediente TEECH/JDC/112/2023 al diverso TEECH/RAP/028/2023, por ser éste el más antiguo, debiendo glosar copia certificada de la presente sentencia en el expediente acumulado, como se estableció en la consideración Tercera de esta sentencia. Segundo. Se reencauza el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales, al Recurso de Apelación, por los razonamientos establecidos en la Consideración Cuarta de la presente resolución. Tercero. Se revocan los acuerdos de once de septiembre y cinco de octubre, ambos de dos mil veintitrés, emitidos por la Secretaría Técnica de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/Q/MAG-VPRG/028/2022, en los términos y para los efectos establecidos en las Consideraciones Novena y Décima de la presente sentencia.

TEECH/RAP/012/2023

27/10/2023

27/10/2023

Primero. Se sobresee el medio de impugnación hecho valer por el accionante, en términos de la consideración Quinta de la presente sentencia. Segundo. Se instruye a la Secretaría General de este Tribunal Electoral, a fin de que proceda a dar cumplimiento a la vista ordenada en la consideración Sexta de la presente sentencia.

TEECH/RAP/109/2023

27/10/2023

27/10/2023

Primero. Se reencauza el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano al rubro citado a Recurso de Apelación, por los razonamientos expuestos en la consideración tercera de esta sentencia. Segundo. Se sobresee el medio de impugnación hecho valer por el accionante, en términos de la consideración cuarta de la presente sentencia. Tercero. Se instruye a la Secretaría General de este Tribunal Electoral, a fin de que proceda a dar cumplimiento a la vista ordenada en la consideración quinta de la presente sentencia.

TEECH/JDC/111/2023/

27/10/2023

27/10/2023

Único. Se desecha de plano el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/111/2023, promovido por dato protegido; por los razonamientos expuestos en la consideración quinta del presente fallo.

TEECH/JDC/027/2023 y sus acumulados

27/10/2023

27/10/2023

ÚNICO. Se declara que la sentencia emitida por este Órgano Jurisdiccional, en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de la Ciudadanía, radicado bajo el expediente TEECH/JDC/027/2023 y sus acumulados, se encuentra cumplida en su totalidad, en términos de los razonamientos establecidos en la Consideración Cuarta del presente Acuerdo Plenario.

TEECH/ JDC/102/2023 y su acumulado TEECH/JDC/113/2023

27/10/2023

27/10/2023

R e s u e l v e Primero. Es procedente la acumulación del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/113/2023, al diverso TEECH/JDC/102/2023, en términos de la consideración cuarta de esta determinación. Segundo. Se sobresee el juicio ciudadano TEECH/JDC/102/2023, por los razonamientos expuestos en la consideración quinta del presente fallo. Tercero. Se desecha de plano el juicio ciudadano TEECH/JDC/113/2023, por los razonamientos expuestos en la consideración sexta del presente fallo.

Expediente(s) Fecha Acuerdo
TEECH/RAP/039/2024 TEECH/JDC/057/2022 TEECH/JDC/020/2023 TEECH/JDC/056/2024 TEECH/RAP/017/2023 TEECH/JDC/113/2024 TEECH/JDC/039/2024 TEECH/JDC/147/2024 TEECH/JDC/106/2024 TEECH/JDC/108/2024 TEECH/JDC/112/2024 TEECH/RAP/054/2024

2024-04-05

2024-04-05
TEECH/JDCI/001/2023; TEECH/JDC/113/2024; TEECH/JDC/147/2024; TEECH/JDC/056/2024; TEECH/RAP/055/2024

2024-04-05

2024-04-05
TEECH/RAP/055/2024;TEECH/JDC/004/2024;TEECH/JDC/137/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/138/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/139/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/140/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/141/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/142/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/143/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/144/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/145/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/146/2024 acumulado al TEECH/JDC/114/2024

2024-04-04

2024-04-04
TEECH/JDC/115/2023 Y sus acumulados, TEECH/RAP/054/2024, TEECH/JDC/112/2024, TEECH/JDC/114/2024 y sus acumulados

2024-04-04

2024-04-04
TEECH/RAP/053/2024; TEECH/JDC/113/2024

2024-04-04

2024-04-04
TEECH/JDC/108/2024, TEECH/JDC/106/2024, TEECH/JDC/112/2024

2024-04-03

2024-04-03
TEECH/JDC/113/2024;TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/115/2024;TEECH/JDC/116/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/117/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/118/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/119/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/120/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/121/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/122/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/123/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/124/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/129/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/130/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024 ;TEECH/JDC/131/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024;TEECH/JDC/132/2024 Acumulado al TEECH/JDC/114/2024

2024-04-03

2024-04-03
TEECH/JDC/112/2024, TEECH/JDC/106/2024, TEECH/RAP/054/2024

2024-04-02

2024-04-02
TEECH/SG/CA-165/2024 derivado del expediente TEECH/JDC/042/2024 y su acumulado; TEECH/JDC/090/2024;TEECH/JDC/095/2024;TEECH/JDC/097/2024;TEECH/JDC/099/2024;TEECH/JDC/101/2024 ;TEECH/JDC/103/2024;TEECH/JDC/105/2024;Incidente de Incumplimiento de Sentencia derivado del expediente TEECH/JIN-M/002/2021 y sus acumulados;TEECH/SG/CA-110/224 derivado del expediente TEECH/JDC/030/2024

2024-04-02

2024-04-02
TEECH/JDC/109/2024 TEECH/JDC/110/2023 TEECH/JDC/111/2024 TEECH/JDC/107/2024

2024-04-02

2024-04-02
Actores Expediente Tipo Fecha Estrado
Datos Protegidos TEECH/JDC/192/2024 Acuerdo 15/08/2024
Datos Protegidos TEECH/JDC/188/2024, Y SU ACUMULADO TEECH/JDC/189/2024 Acuerdo 15/08/2024
José María Cárdenas Meza, Representante del Partido Político Popular Chiapaneco, ante el Consejo Municipal Electoral 020 del Instituto De Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, en la Concordia, Chiapas. TEECH/AG/004/2024 Acuerdo 15/08/2024
Armando Naybeth Bautista Orantes, en su calidad de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Ixtapa, Chiapas. TEECH/RAP/116/2024 Acuerdo 15/08/2024
Manuela Girón Bautista, en su carácter de Representante Propietaria del Partido del Partido del Trabajo ante el Consejo Municipal Electoral de Rincón Chamula San Pedro del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado y Amalia Gómez Bautista, Lorenzo Hernández López, Laura Esthela Bautista Gómez y Sandra Arianna Esquinca Hernández, en su calidad de Representantes Propietarios de los partidos políticos Encuentro Solidario, Chiapas Unido, Redes Progresistas y Revolucionario Institucional, ante dicho Consejo Municipal, respectivamente; así como Reynaldo Girón Bautista, David López López y Alfonso Sánchez Hernández, en su calidad de Candidatos a la presidencia municipal de Rincón Chamula San Pedro, Chiapas, de los partidos políticos Redes Sociales Progresistas, Chiapas Unido y Encuentro Solidario y otros. TEECH/JIN-M/067/2024 Y SUS ACUMULADOS Acuerdo 15/08/2024
DATO PROTEGIDO. TEECH/RAP/104/2024 Acuerdo 15/08/2024
Marcela Avendaño Gallegos, en calidad de Regidora Plurinominal del Municipio de Catazaja, Chiapas. TEECH/JDC/211/2024 Acuerdo 15/08/2024
Elías Antonio Argueta Ruiz, en su carácter de Representante del Partido Político Chiapas Unido. TEECH/SG/CA-467/2024 derivado del expediente TEECH/RAP/091/2024 y su acumulado TEECH/JIN-M/009/2024 Acuerdo 15/08/2024
Marcela Avendaño Gallegos, en su calidad de Regidora del Ayuntamiento de Catazajá, Chiapas. TEECH/JDC/011/2023 Acuerdo 15/08/2024
Partido MORENA a través de Victor Cirilo Reyes Pérez, en su calidad de Representante Propietario acreditado ante el CME de Jitotol, Chiapas, del IEPC TEECH/RAP/077/2024 Acuerdo 15/08/2024
Titulo Extracto Fecha Acción

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