Tribunal Electoral del Estado de Chiapas resuelve asunto relacionado con registro de partidos políticos locales

En sesión pública el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas analizó un asunto general vinculado con el procedimiento de registro de partidos políticos locales

En primer término, se propuso el reencauzamiento del asunto general a recurso de apelación, al estimarse que la vía idónea para su estudio debía ajustarse a las reglas previamente establecidas, garantizando así certeza jurídica a las partes involucradas.

Las Magistraturas analizaron si fue apegada a derecho la modificación al artículo 55, numeral 2, del Reglamento para el Registro de Partidos Políticos Locales, relativa al plazo para resolver sobre la procedencia del registro.

La autoridad responsable determinó sustituir el plazo original de 60 días naturales, contados a partir de la presentación de la manifestación de intención, por un plazo de 15 días hábiles posteriores a la recepción del resultado final de la verificación emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE).  Lo anterior, al considerar que el plazo inicial resultaba insuficiente debido a diversas actividades pendientes de desahogo dentro del procedimiento, el cual depende materialmente de los tiempos de respuesta y validación por parte del Instituto Nacional Electoral.

En ese sentido, el Pleno estimó que el plazo de 15 días constituye una medida proporcional y razonable, toda vez que garantiza el equilibrio entre la exhaustividad del análisis técnico de cumplimiento legal y el ejercicio oportuno del derecho constitucional de asociación política. En ese sentido, la modificación alegada, no impide el registro ni el acceso al derecho de asociación; simplemente establece un término procesal para que la autoridad emita una resolución fundada y motivada. Por lo anterior, se resolvió confirmar el acuerdo impugnado.

Por ello, los agravios de la actora fueron calificados de infundados y se confirmó el acuerdo impugnado.

A través de estas decisiones, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas consolida su papel como autoridad garante de la legalidad electoral, contribuyendo al orden, la certeza y la estabilidad de la vida democrática en la entidad.

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